Atención con cita previa en el Centro de Servicios Sociales para solicitud del Ingreso Mínimo Vital.

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:

- Solicitud firmada por todos los miembros de la unidad familiar.

- DNI de todos los miembros de la unidad de convivencia.

- NIE o pasaporte de todos los miembros.

- Inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

- Certificado de empadronamiento colectivo e histórico de todas las personas empadronadas en el domicilio y antigüedad.

- Libro de familia.

- Certificado de registro civil en el caso de parejas de hecho.

- Demanda de separación o divorcio si se encontrara en esta situación.

- Nº de cuenta bancaria.

- Declaración responsable de ingresos y patrimonio.

- Nº seguridad social.

- Ingresos 2019/2020

Requisitos.

Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resolución y durante el tiempo de la percepción de la prestación:

1. Tener residencia en España:

Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud, con excepción de:

Las personas incorporadas a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

Las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual circunstancia que acreditarán mediante informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales.

Las mujeres víctima de violencia de género acreditada por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

2. Estar en situación de vulnerabilidad económica:

Para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.

Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.

No computan como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2020 esto equivale a 16.614 euros.

Cuando se trate de unidades de convivencia, no se considera en situación de vulnerabilidad económica cuando sean titulares de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior al que se indica en esta tabla en función del tamaño y configuración de la unidad de convivencia.

 

Nuevo plazo para las solicitudes de Subvenciones de clubes deportivos y deportistas durante el año 2020

Vista la convoctoria y bases reguladora spara la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento para Clubes depoortivos y Deportistas durante el año 2020.
Considerando que la presentación de documentación quedó interrumpida por la declaración del Estado de Alarma y suspensión de plazos administrativos, establecida en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Sabiendo que mediante el Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo se reguló el levantamiento de la suspensión de plazos administrativos.
Se acuerda:
Primero.- comunicar  a  los  clubes  deportivos  y  deportistas  de  la  localidad  que deberán presentar la documentacion necesaria para solicitar las subvenciones deportes para el año 2020, Modalidades I y III, durante el plazo de una semana contado a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en la web del Ayuntamiento y en el Tablón de anuncios.
Segundo.-  El plazo para prsentar la solicitud de la Modalidad II queda aplazado por el momento.

Fecha publicación 12/06/2020

Ayuda y asesoramiento en tus trámites On Line en el Punto de Inclusión Digital

Si necesitas ayuda en tus trámites On Line o tienes dudas sobre obtención de certificado Cl@ve, alta o utilización de WifiGo, en el Centro Cultural S. León te ayudamos. Consulta en los teléfonos 926 648 022 ó 926 636 041 de lunes a viernes en horario de Mañana.

Preinscripción Escuela Infantil "Lope de Vega"

En cumplimiento de las medidas tomadas por causa de la crisis sanitaria causada por  el  virus  COVID-19  y  hasta  que  exista  una  Resolución  autonómica  y/o  estatal  del organismo  competente,  Consejería  de  educación,  cultura  y  deportes  de  Castilla-La Mancha y/o Ministerio de Educación y/o Sanidad.
La Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Membrilla adopta el siguiente acuerdo:
Proceder a la apertura del plazo para el proceso de pre-inscripción de renovación y solicitud de nueva plaza en la Escuela Infantil Lope de Vega de Membrilla para el curso 2020/21 sin una oferta concreta de plazas vacantes.
Debido  a  la  excepcionalidad  de  la  situación  y  la  incertidumbre  acerca  de  la evolución  de  la  pandemia,  cuando  el  organismo  competente  norme  y  fije  la  ratio  de alumnos por aula y edad, el ayuntamiento de Membrilla ofertará el número concreto de plazas  para  dicho  curso,  procediendo  a  la  matriculación  del  alumnado  según  el procedimiento desarrollado en la normativa local a este respecto, Reglamento de régimen
interno de la Escuela Infantil “Lope de Vega” de Membrilla.

DEL 1 AL 19 DE JUNIO:
•Pre-inscripción  para renovación  de plazas del alumnado  que actualmente están matriculados en la escuela y que van a continuar en el curso 2020/21.
Documentación  aportar:  Anexo  I.  El  anexo  debe  estar  debidamente  relleno  y firmado.
•Pre-inscripción para solicitudes de nuevo ingreso para el curso 2020/21.
Documentación: Anexo II. El anexo debe estar debidamente relleno y firmado, así como toda la documentación que se deba adjuntar y descrita en dicho anexo.
- DEL 20 AL 26 DE JUNIO: Subsanación de solicitudes.
- A PARTIR  DEL 29 DE JUNIO:  Publicación  de  solicitudes  recibidas  y  de solicitudes excluidas (por  falta  de  subsanación),  en  el  periodo  de  pre-inscripción  para solicitar plaza en la Escuela Infantil Lope de Vega para el curso 2020/21.
Las  solicitudes  tendrán  que  presentarse  a  través  de  la  sede  electrónica  del Ayuntamiento  (http://www.aytomembrilla.org/ )  a  través  del  registro  telemático  o  en  el registro del Ayuntamiento de Membrilla. Para resolver dudas, pónganse en contacto en la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y en el teléfono 926 63 61 69.


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Acceso al Blog Culturas Europeas y algo más.

 

 Ayuntamiento de Membrilla

Plaza Grande nº 3

13230 Membrilla (Ciudad Real)

Telf 926 648023

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